PREGUNTAS FRECUENTES

 

1. ¿Qué es el SER?

Es el sistema que la Secretaría de la Contraloría ha determinado como el único medio para cumplir con la obligación de realizar el proceso de entrega recepción administrativa en el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, el cual se encuentra desarrollado en ambiente de Internet, motivo por el cual la Secretaría de la Contraloría, determinara la dirección electrónica www2.queretaro.gob.mx/ser

2. ¿Qué normatividad rige al SER?

El Sistema para la Entrega Recepción encuentra su fundamento en la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro y en los Lineamientos para la Entrega Recepción Administrativas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitidos por la Secretaría de la Contraloría publicados el 23 de mayo de 2014, en el periódico oficial "La Sombra de Arteaga".

3. ¿Quién esta a cargo de coordinar el Proceso de Entrega Recepción?

Son competentes para regular todo lo relativo a la normatividad reglamentaria del proceso de entrega recepción, la utilización de medios electrónicos para la entrega de información que facilite su manejo, la emisión de lineamientos, el establecimiento de criterios, la determinación y autorización de formatos, la Secretaría de la Contraloría, el Consejo de la Judicatura, los órganos internos de control del Poder Legislativo, los organismos públicos autónomos y los ayuntamientos de los municipios del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 20, de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro.

4. ¿Qué beneficios proporciona este Sistema?

Simplifica el proceso de entrega recepción y provee un seguro resguardo y manejo de la información sujeta a dicho proceso; además de ser una herramienta de apoyo a la gestión gubernamental que garantiza de forma segura el traslado de los recursos humanos, materiales y financieros, que constituyen la base del ejercicio de un empleo, cargo o comisión de los servidores públicos del Estado de Querétaro.

5.¿Qué diferencia hay entre una dependencia y una entidad?

Para efecto del Sistema para la Entrega Recepción, se entenderá de la siguiente manera:

Dependencia.- Cualquier unidad administrativa perteneciente al sector central incluidos los organismos desconcentrados y;

Entidad.-Cualquier entidad paraestatal, ya sea organismos descentralizados, empresas de participación estatal o fideicomisos públicos, cualquiera que maneje, administre fondos y valores, etc.

6. ¿En base a que fueron seleccionados los apartados que integran la información del SER?

Los apartados integran la información que debe ser proporcionada en el SER, éstos se encuentran en el artículo 14 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro.

7. ¿Qué son los Formatos de Uso Múltiple (FUM´s)?

Son apartados, en los cuales se especifican los requisitos mínimos de la información que será capturada o transferida conforme al artículo 14 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, y acorde a los recursos asignados al servidor público que por cualquier cuestión se separe de su empleo, cargo o comisión.

8. ¿Cómo se va dar a conocer la operación, el manejo y contenido del SER?

Para la presente administración, la Secretaría de la Contraloría llevará a cabo la capacitación para el manejo del Sistema a los enlaces y coordinadores que hayan designado las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro así como a los servidores públicos que se encuentren obligados a realizar la entrega recepción, así como cuando se requiera por parte de las dependencias o entidades, en coordinación con esta dependencia.

9. ¿Qué finalidad tienen los simulacros?

Una vez realizada la capacitación tanto de los enlaces, de los coordinadores, así como de los servidores públicos que participarán en el proceso de entrega recepción, se llevarán a cabo una serie de simulacros con el objeto de obtener un proceso de resultados satisfactorios, que permita validar la información registrada en el Sistema de Entrega Recepción.

10. ¿Cuándo se desarrollarán los Simulacros?

El primer simulacro se llevará a cabo el día 21 de noviembre de 2014, y en caso de existir simulacros posteriores la fecha en que se realizaran se notificará con antelación a las dependencias y entidades.

11. Una vez que se hubiese integrado la información solicitada en el SER ¿he cumplido con las disposiciones legales que rigen el proceso de entrega recepción?

No, la Secretaría de la Contraloría o el Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad, según su competencia, verificarán que la información proporcionada en el SER cumpla con los requisitos mínimos que señala el punto TRIGÉSIMO SEXTO de los Lineamientos para la entrega recepción administrativa del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en el supuesto de no contar con los requisitos mínimos, se realizaran las observaciones y una vez atendidas, después de haber sido revisada la información, se realizará una revisión física selectiva y se validará la entrega recepción de esta, procediendo a señalar día y hora para la lectura del acta circunstanciada de entrega recepción.

12. ¿Es obligatorio integrar toda la información solicitada en el SER?

Toda dependencia está obligada a proporcionar toda la información solicitada en el SER, ya sea transfiriéndola o capturando la misma, no obstante ello, en caso de no aplicarle algún formato por la propia naturaleza de las actividades o funciones de la dependencia se deberá indicar en el espacio correspondiente que “No aplica” dicho formato. En caso de no aplicar un FUM, la Dirección Jurídica y de Atención a la Ciudadanía de la Secretaría de la Contraloría, validará la no aplicabilidad del mismo, siendo responsabilidad de cada área administrativa la información proporcionada por ésta. Así mismo en las ayudas integradas en el SER se establecen casos de excepción en el llenado de formatos, por ejemplo: tratándose del FUM 23 (relación de sistemas) este formato debe ser llenado por el área de informática encargada del sistema que opera en la en la dependencia.

13. ¿Quién es el responsable de la información integrada en el SER?

Conforme a los artículos 5, 15 y 16 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro y Trigésimo Quinto, de los Lineamientos para la Entrega Recepción Administrativa del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; la veracidad, integridad, legalidad, fundamentación, soporte, calidad, confiabilidad y congruencia de la información que se transfiera o capture en el SER, será única y exclusivamente responsabilidad del servidor público saliente y de aquellos que participen en el proceso de entrega recepción, en razón de que cuando la unidad administrativa sujeta a entrega recepción cuente con estructura organizacional, el servidor público saliente deberá proporcionar la información de todas las áreas que la integran, misma que formará parte de la entrega recepción respectiva, debiendo para tal efecto, vigilar que la concerniente a las unidades administrativas de su adscripción, sea ingresada al SER.

Recuerda que la Secretaría de la Contraloría, únicamente coordina y verifica el desarrollo del proceso de entrega recepción constitucional, y en los demás supuestos que por cualquier motivo se separe el servidor público del empleo, cargo o comisión, la Secretaría de la Contraloría o el Órgano Interno de Control, según su competencia revisara y validaran la información.

14. ¿Cuenta el SER con iconos de ayuda?

Sí, en cada uno de los FUM´s se encuentra el icono de ayuda identificado con el siguiente símbolo al presionar el mismo se despliega la información relativa a los requisitos mínimos de los FUM´s respectivos.

15. ¿Cuántos FUM integran el SER?

Son 38 FUM, integrados en 9 apartados y un formato para Programas Estratégicos y Generales.

16. De los 38 Formatos de Uso Múltiple (FUM´s) ¿Cuántos integran cada apartado?

• Expediente Protocolario se encuentra integrado por 2 FUM (1 y 2)

• Documentación Financiera y Presupuestal y expedientes diversos se encuentra integrado por 10 FUM (3 al 12)

• Expedientes Fiscales se encuentra integrado por 6 FUM (13 al 18)

• Asuntos Generales y en Trámite se encuentra integrado por 5 FUM (19 al 23)

• Asuntos Jurídicos y expedientes diversos se encuentra integrado por 4 FUM (24 al 27)

• Expediente de Obra Pública se encuentra integrado por 1 FUM (28)

• Documentación Patrimonial se encuentra integrado por 3 FUM (29 al 31)

• Recursos Humanos se encuentra integrado por 6 FUM (32 al 37)

• Otros se encuentra integrado por 1 FUM y un formato para Programas Estratégicos y Generales.

17. ¿Cómo puedo integrar la información solicitada en el SER?

A través de la transferencia de archivos o mediante la captura de la información en los FUM´s. En caso de no manejar la información solicitada en el Sistema, se deberá indicar en el apartado correspondiente "No Aplica", debiendo tomar en cuenta lo señalado en la respuesta de la pregunta 12.

18. ¿En qué casos debo transferir la información?

En el caso de que la dependencia cuente con archivos electrónicos que contengan mínimo la información solicitada en cada uno de los FUM.

19. ¿Cuándo puede optar el servidor público saliente, por capturar la información en el SER?

Cuando la dependencia o entidad o unidad administrativa sujeta a entrega recepción no cuente con archivos electrónicos, y se recomienda utilizar esta opción cuando no se cuenta con mucha información.

20. ¿Quién debe llevar a cabo la transferencia o captura de la información solicitada en el SER?

Los obligados conforme a la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, para llevar a cabo el acto de entrega recepción son los siguientes:

a.- Los servidores públicos comprendidos desde los titulares de las dependencias o entidades, hasta el nivel jerárquico correspondiente a jefe de departamento o sus equivalentes y a los demás servidores públicos que por la naturaleza e importancia de sus funciones deban realizar el proceso de entrega recepción. Corresponde a los titulares de las dependencias y entidades determinar, en sus respectivas áreas de competencia, los servidores públicos que por su naturaleza e importancia de las funciones públicas a su cargo, quedaran sujetos. Para tal efecto tal disposición deberá obrar por escrito y hacerse del conocimiento del servidor público que corresponda.

b.- Los servidores públicos designados en el término o inicio de un ejercicio constitucional.

c.- Los servidores públicos que por causas distintas al cambio de administración deben separase de su cargo o comisión, tales como: renuncia, destitución, permiso por tiempo indefinido, etc.

d.- Los servidores públicos que integran la estructura de un área sujeta a entrega recepción.

21. ¿Cuál es la capacidad máxima que debe tener un archivo a transferir en el SER?

El archivo a transferir debe ser inferior a los 8Mb

22. ¿Cuántas veces puedo modificar la información transferida o capturada?

Tantas veces sea necesaria, siempre y cuando no se den los siguientes supuestos:

a.- Que se haya cerrado la entrega en el SER por término de la vigencia.

b.- Cuando el Órgano Interno de Control solicite a la Secretaría de la Contraloría, el cierre anticipado.

c.- Que la información ya este validada por parte de la Secretaría de la Contraloría o del Órgano Interno de Control.

23. ¿Qué es un Programa Estratégico y qué es un programa General?

Se entiende por programa:

Estratégico: Aquél que por su impacto social, económico y político son trascendentes y son materia de entrega por parte del C. Gobernador.

General: Son los programas o proyectos con que cuentan las dependencias o entidades.

24. ¿ Cómo se considerará la información de las E-R para efectos de la Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental?

Las entidades gubernamentales y de interés público, con excepción de la clasificada como reservada o confidencial, tienen la obligación de poner a disposición del público y mantener actualizada la información pública, esto conforme al artículo 7 de la Ley de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro, igualmente, deberá atenderse a los artículos 13, 14, fracción I, 15, 16, y 17 de la misma ley.

25. ¿Cómo recibe el servidor público entrante la información capturada o transferida por el servidor público saliente en el SER?

La Secretaría, generara la emisión de los respaldos electrónicos que contengan la información proporcionada y validada en el SER, y durante la firma y lectura del acta circunstanciada hará entrega de un ejemplar al servidor público saliente y otro al servidor público entrante, debiendo ser firmados con plumón indeleble por quienes participen en el proceso de entrega recepción, para los efectos del lineamiento Cuadragésimo, además se les dará de manera impresa el acta circunstanciada firmada al margen y al calce por el servidor público saliente, su testigo, servidor público entrante, su testigo y del representante de la Secretaría de la Contraloría, o del Órgano Interno de Control.

26. Si únicamente es por archivo electrónico, ¿cómo dejar la evidencia y las firmas de los participantes, según lo dispone los artículos 18 y 19, fracción XI de la Ley de la materia?

Será a través del acta circunstanciada a que hace referencia el artículo 19 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, documento que forma parte del Sistema para la Entrega Recepción “SER” como FUM 01, el cual al formalizar la entrega recepción, deberá ser impreso en tres tantos y firmado en todas y cada una de sus fojas por las personas que participan en el acto, debiendo recabar como anexo del mismo el CD en el cual consta la información captura o transferida en el citado Sistema, mismo que debe ser firmado en tres tantos por las personas que intervinieron en el acto, dando con ello cumplimiento a los preceptos legales antes citados.

27. El artículo 10 de la Ley de la Materia indica: "Los servidores públicos salientes están obligados a entregar al servidor público entrante, la información que se exige en la presente Ley, debiendo remitirse para hacerlo al manual de normatividad y procedimiento que rija la materia para la dependencia, organismo o entidad de que se trate...", sin embargo el PRIMERO de los Lineamientos señala: son de "observancia general y obligatoria", el Lineamiento CUARTO en su fracción XXIV menciona que "medio electrónico a cargo de la Secretaría utilizado para la captura, transferencia y administración de la información y que será el único procedimiento para realizar el proceso de entrega recepción administrativa en el Poder Ejecutivo del estado de Querétaro…" y el SEXAGÉSIMO SEXTO establece "incumplimiento a los presentes lineamientos, por parte de los servidores públicos que intervienen en el proceso de entrega recepción… se estará a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro…" ¿Cuál es la interpretación correcta a este aspecto

Conforme a las facultades que le confiere s la Secretaría de la Contraloría los artículos 20, 22 y segundo transitorio, de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, corresponde a la Secretaría de la Contraloría emitir los lineamientos, criterios, determinación y autorización de formatos e instructivos y demás que considere pertinentes para el evento de Entrega Recepción, ordenamientos legales con base a los cuales se implementó el Sistema para Entrega Recepción “SER” como el único medio para realizar la entrega recepción, tal como lo determina la fracción XXIV del cuarto de los Lineamientos para la Entrega Recepción.

28. En el SER qué tipo y versiones de archivos electrónicos reconoce para ser adjuntados al proceso de entrega recepción

Tipo: .doc (generados por word y open office), .xls (generados por excel y open office) y .pdf (generados por acrobat reader); respecto a la Versión, se recomienda que los archivos generados en Office 2007 Y posteriores tipo .doc1 sean guardados como tipo .doc con el objeto de ser transferidos al SER.

29. ¿Para efectos de la entrega recepción se integrará un archivo documental y otro electrónico?

La información será transferida o capturada y administrada en el SER en los términos establecidos en el lineamiento Trigésimo sexto, lo anterior con la finalidad de simplificar y agilizar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3 y 1 4 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, razón por la cual se integrará un respaldo electrónico de toda la información, misma que se adjuntará al FUM 01, por lo cual se tendrá el Expediente Protocolario de Actas de manera documental y toda la información transferida o capturada en los demás FUM´s respaldada en medio electrónico.

30. De la pregunta anterior, en ambos casos ¿Se foliarán las hojas, como se ha hecho hasta ahora, se considerará suficiente con el consecutivo de los FUM o con el SER ya no se aplicará?

El sistema de Entrega Recepción al momento de generar el acta indicada en el FUM 01, se generará el folio consecutivo de las hojas que la integran, esto conforme a la fracción XIV, del artículo 19 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro.

31. ¿Cómo se puede tener acceso al Sistema?

A través de claves de acceso o contraseñas personalizadas, ya sea a través de contraseña o con la utilización de firma electrónica. Asimismo, el acceso al Sistema se encuentra en la siguiente dirección electrónica: http://www.queretaro.gob.mx/ser

33. ¿Qué se debe hacer en los casos de unidades administrativas de nueva creación que no aparezcan en el listado de la dependencia o entidad contemplado en el SER?

La Unidad de Apoyo Administrativo o su equivalente de la dependencia, deberá solicitar por escrito a la Secretaría de la Contraloría, la incorporación al Sistema para la Entrega Recepción de la Unidad Administrativa, acompañado del soporte documental que acredite la creación de esta última, indicando el nombre completo de su titular.

34. ¿Cual es plazo que tiene el servidor público saliente, para cumplir con la obligación de realizar el proceso de entrega recepción?

Debe cumplir con esta obligación dentro de los quince días hábiles, contados a partir de la fecha de separación del empleo, cargo o comisión. independientemente de la causa que le dio origen, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro y el Décimo Lineamiento de Entrega Recepción Administrativa del Estado de Querétaro.

35. EL LINEAMIENTO DECIMO SEXTO, FRACCIÓN VI, dice que previo a la formalización del proceso los OIC, realizarán de manera selectiva la revisión física de los recursos humanos materiales y financieros, documentos y en general la información relativa a la E-R

a) Si es revisión física, implica que es independiente de lo electrónico?

b) Se refiere al soporte documental asociado con el contenido de los FUM´s?

En efecto, la revisión física que realice el Órgano Interno de Control o la Secretaría de la Contraloría según su competencia, corresponderá a la documentación y recursos relacionada con la información transferida o capturada en el SER.

36. El Lineamiento DÉCIMO OCTAVO, establece que el SER está desarrollado en ambiente de internet; ¿Qué se hace en los casos en que el servidor público que entrega, no cuente con este servicio?

En éstos casos se tiene la opción de acudir a algún establecimiento en el que se tenga acceso a Internet, esto solo en el caso de que la modalidad de acceso al SER, sea con contraseña y usuario. En el caso de ser con Dispositivo de Almacenamiento, deberá acudir a la oficina que ocupa su dependencia o entidad de adscripción para tal efecto.

37. ¿La clave de entrega recepción sirve únicamente para la E-R o tiene otros usos?

La clave de Entrega Recepción, será utilizada para cumplir con la obligación de realizar el proceso de entrega recepción, concluido éste se inhabilita dicha clave. Es importante destacar que la clave, usuario y en su caso de dispositivo criptográfico, las claves respectivas se deberán conservar, ya que con éstas participarán el todos los procesos de entrega recepción.

38. ¿Para qué sirve la firma electrónica y cuánto tiempo dura el resguardo de la misma?

La firma electrónica es uno de los medios para acceder, consultar, transferir, capturar información en un FUM y en general, para realizar cualquier proceso en el SER.

Una vez que la Secretaría de la Contraloría, entrega el dispositivo de almacenamiento específico al servidor público, el uso y resguardo será su responsabilidad, y tendrá la obligación de devolverlo a la Secretaría, cuando esta se lo requiera, cuando finalice la vigencia del certificado que es de dos años, o bien, cuando el servidor público deje de prestar sus servicios en la administración pública.

En caso de extravío el servidor público, tendrá que hacer el pago conforme a lo establecido en el capítulo Décimo, de la ley de Hacienda del Estado de Querétaro. Mismo supuesto de que la firma electrónica se Bloqueé por teclear por tercera vez su contraseña de manera equivocada.

39. ¿Quién proporciona la clave de entrega recepción, usuario y contraseña de acceso temporal?

La Secretaría de la Contraloría, a solicitud de la Unidad de Apoyo Administrativo o equivalente de la dependencia o entidad, debiendo proporcionar este último nombre completo, apellidos, nombre completo del área sujeta a entrega recepción, especificando su adscripción correspondiente, número de empleado, copia de identificación oficial, fecha de separación del empleo, cargo o comisión y domicilio del área administrativa a la que se encuentra adscrito el servidor público saliente.

39. El Lineamiento TRIGÉSIMO SEXTO, se refiere a la información mínima que contendrá el SER.

a) En el caso del FUM 02 ¿se refiere sólo al Decreto de Creación de la Entidad o en general a la normatividad aplicable a la operatividad del Organismo?

En cuanto al FUM 02 que trata sobre el Marco Legal, deberá reportarse toda la normatividad que regula la existencia, operación y funcionamiento de la Unidad Administrativa sujeta a entrega recepción, es decir, desde las Constituciones Federal y Local, Leyes Federales y Locales, códigos, decretos y acuerdos de creación, reglamentos interiores, etc.

b) FUM 06, cuando una dependencia maneje fondo fijo y fondo revolvente, el concepto de caja chica es el equiparable a éstos dos, ¿en su caso se conjuntarán?

Por lo que respecta al FUM 06 que trata sobre caja chica, es un formato de uso múltiple a través del cual se integrará la información que cumpla con los requisitos mínimos requeridos en el TRIGÉSIMO SEXTO de los Lineamientos para la Entrega Recepción, por lo que tanto el fondo revolvente como el fondo fijo deberán reportarse en el FUM 06, pudiendo en su caso, diferenciar el archivo que se pretenda trasferir.

c) Para el FUM 07, si la dependencia tiene su tesorería y varias cajas recaudadoras, ¿es válido considerar para esta área el concepto de caja de cobro, en este supuesto, se conjuntarán?

Lo mismo ocurrirá para el caso del FUM 07 el cuál es sobre la caja de cobro, cuya información corresponderá a los relativo a la recepción de ingresos por el pago de derechos, impuestos, servicios, entre otros, todos percibidos a favor de la dependencia, ya sea a través de moneda, billetes emitidos por el Banco Central, cheques, tarjetas de crédito, etc., por lo que si tanto la tesorería como las cajas recaudadoras que realizan dicha actividad, estarán obligadas a reportar la información solicitada en dicho formato.

d) Del FUM 12, los estados financieros a presentar ¿son los normales, los dictaminados o los presentados en la cuenta pública del periodo?

Respecto del FUM 12 que trata sobre los estados financieros, el mismo formato establece en su información de ayuda que los estados financieros corresponden a aquellos que hubiesen reportado al mes inmediato anterior a la fecha de la entrega recepción, por tanto serán normales, salvo el caso de Entrega Recepción Constitucional, en tal supuesto se deberán reportar los estados financieros dictaminados por auditor externo al primero semestre del año en que se lleve a cabo dicha Entrega Recepción Constitucional y los normales al 01 de octubre de ese mismo año.

40. El Lineamiento QUINCUAGÉSIMO PRIMERO, ¿quién seleccionará el medio electrónico (disco, memoria USB, u otro) que contenga la información recabada para la Entrega Recepción, el servidor público que entrega, el que recibe, el Órgano Interno de Control, o el Superior Jerárquico?

La Secretaría de la Contraloría, una vez que se hubiese integrado la información en SER y en su caso validando los FUM marcados como “No aplica” y solventadas las observaciones jurídicas o de auditoría que en su caso hubiese formulado el Órgano Interno de Control o la Secretaría de la Contraloría, procederá a generar en el medio electrónico de preferencia del servidor público el respaldo de toda la información generada en el SER para cada uno de los servidores públicos (entrante y saliente), a efecto de que les sea proporcionados a estos últimos al momento de la lectura y firma de acta circunstanciada de Entrega Recepción establecida en el FUM 01 como expediente protocolario y actas.

41. ¿Cuál es el plazo para conservar la documentación generada en el ejercicio de la Función Pública?

Los servidores públicos responsables de los archivos, están obligados a conservar y custodiar los documentos durante la vigencia de éstos, por lo que ningún documento podrá ser destruido, en cuanto a la vigencia de los archivos y documentos es el periodo en que un documento o archivo mantiene sus valores administrativos, y estos se regirán conforme a lo dispuesto por la Ley de Archivos vigente en el Estado de Querétaro.

42.- ¿Ante quien se debe acudir en caso de dudas con respecto al manejo del SER?

Se acudirá al Órgano Interno de Control, y cuando se traté de una dependencia que no cuente con éste deberá acudir a la Secretaría de la Contraloría.

43. ¿Dónde consulto quiénes son los enlaces por dependencia y entidad?

En la dirección electrónica http://www.queretaro.gob.mx/ser, en el icono

44. ¿Quiénes utilizaran firma electrónica para el proceso de entrega recepción y que documentación necesita?

a) La Secretaría de la Contraloría, otorgará el uso de la firma electrónica a los servidores públicos que tenga el empleo, cargo o comisión de jefes de departamento o equivalente hasta el nivel de titulares de la dependencia o entidad, para tal efecto deberán presentar los siguientes requisitos:

- Formato SolcSER: Impreso, debidamente requisitado y firmado por ambos lados en una sola hoja, el cual se descargará en la dirección electrónica prevista para tal efecto en el portal del SER.

- Original y copia de su identificación oficial con fotografía (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, etc.), y

- En caso de que el servidor público sea titular de una unidad administrativa de nueva creación, anexará original y copia del documento que contenga la autorización por parte de la instancia competente para tales efectos.

b) Los servidores públicos con cargo diverso a los antes mencionados se les asignara contraseña y usuario para asesar al sistema.

c) La Secretaría de la Contraloría podrá determinar el cambio de modalidad en cualquier momento.

45. Una vez concluido el acto de E-R ¿Qué pasará con la clave y contraseña del servidor público saliente y la del OIC?

a. Una vez concluido el proceso la clave de entrega recepción, el usuario y contraseña de acceso, del servidor público, se inhabilitan, siempre y cuando el servidor público no continúe prestando sus servicios en la administración pública.

b. En el caso del OIC, éste conservará su usuario y contraseña de acceso, a efecto de que pueda ingresar al SER en cada una de las claves de entrega recepción que se vayan generando.

46. El documento mediante el cual se acredita el carácter del servidor público entrante y saliente (nombramiento, oficio, etc.), se debe anexar al acta circunstanciada en copia o en original.

Debe anexarse en copa a cada uno de los tres tantos del acta circunstanciada.